REUNIÓN CON EL SECRETARIO GENERAL DE UNIVERSIDADES: SEXENIOS PDI TEMPORAL

PLAZO PARA SEXENIOS DEL PDI CONTRATADO TEMPORAL

La Secretaria General de Universidades e Investigación de la Federación de Enseñanza de CCOO acaba de enviarnos el siguiente breve pero importante mensaje:

“Los sindicatos mayoritarios hemos mantenido una reunión con el Secretario General del Ministerio de Universidades, tras la convocatoria urgente que nos había efectuado éste. La noticia más relevante es que el plazo de evaluación para sexenios de investigación, fijado hasta el lunes 8 de febrero, es sólo para PDI funcionario. ANECA establecerá con cada universidad otros plazos para la evaluación de su personal docente e investigador temporal, en función de los convenios/adendas que firme.”

El Vicerrector de Profesorado de la UVa ha convocado una reunión para el próximo viernes día 5 con los representantes del PDI contratado para tratar el asunto de los sexenios del PDI temporal.

La información ahora recibida desde Madrid refuerza la oportunidad de firmar ya la adenda a que nos hemos referido en anteriores comunicados. Como venimos insistiendo, ahora se trata sólo de facilitar el reconocimiento académico de la calidad de la actividad investigadora realizada.

Junto a los efectos que ello tendría en el plano personal, hay que recordar el interés que el reconocimiento de los sexenios del PDI temporal tiene para la proyección institucional de Departamentos, Institutos de Investigación y GIR, como nos están subrayando algunos de sus directores o coordinadores. Y sin olvidar algunos rankings de universidades, que tanto preocupan al Equipo Rectoral, pues computan en su cálculo esos sexenios. Desde esta perspectiva, el asunto debería ser del máximo interés para el Vicerrector de Investigación, quien hasta ahora no se ha pronunciado en absoluto al respecto.

Más información, frecuentemente actualizada, en:

http://ccoo-precarios.blogspot.com/2021/

Si tienes dudas, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo de la sección sindical de CCOO: sección.sindical.cooo@uva.es.

Valladolid, 3 de febrero de 2021

Afiliación: https://afiliate.ccoo.es/afiliate/afiliate.htm

SEXENIOS DEL PDI CONTRATADO TEMPORAL: ¿ES IMPOSIBLE FIRMAR YA LA ADENDA CON LA ANECA?

En el comunicado de CCOO del 22 de enero, informamos de la buena disposición de la ANECA para evaluar los sexenios de investigación del PDI   contratado temporal. Su directora general se manifestó expresamente al respecto, en un intercambio de preguntas y respuestas en que era obvio que asumía la responsabilidad de las expectativas e impacto que sus palabras sin duda iban a tener. Pueden escucharse los minutos 1:09:00 a 1:12:00 en el siguiente video: https://www.youtube.com/watch?v=uQv920zEdfg.

Ahora bien, como también hemos informado, para hacer efectiva en la práctica esa oferta, se requiere la firma por la correspondiente universidad de una adenda o anexo, para ampliar el convenio que habitualmente ya tienen firmado las universidades con la ANECA en relación con los sexenios del Profesorado Contratado Doctor. Tras haber esperado el desarrollo de los acontecimientos hasta el día de ayer, lectivo en algunas universidades públicas de Castilla y León, cuyos responsables parece que iban a contactar entre ellos, hasta este momento podemos transmitir la siguiente información para el caso de la UVa.

Ante la petición de CCOO para que la UVa firmara esa adenda al actual convenio con la ANECA, el Vicerrector de Profesorado ha rechazado hasta ahora proceder a dicha firma para la actual convocatoria abierta y en curso. El Rector no ha efectuado ninguna declaración al respecto, por lo que cabe entender que su posición es la que ha establecido tal Vicerrector, como habitualmente ocurre. Las cuatro razones fundamentales que esgrime cabe resumirlas así:

Se dice que falta tiempo material para firmar la adenda y proceder a la evaluación en la actual convocatoria. Pues bien, es falso, porque otras universidades están diciendo a su PDI contratado temporal que vaya presentando las solicitudes. Mientras, en paralelo, los rectorados van preparando la adenda con la ANECA —se trata de documentos estándar, sin ninguna complicación técnica—, con la pertinente intervención de los respectivos Servicios Jurídicos; y, así, ambas partes pueden proceder a la firma incluso después del día 8 de febrero, dentro de un procedimiento para subsanar la falta de la adenda firmada, como también puede hacerse en general con documentos necesarios y no existentes en un expediente administrativo.

Se aduce por el Vicerrector que la firma de la adenda incurriría en una discriminación entre el Profesorado Contratado Doctor y el PDI contratado temporal en cuanto al plazo disponible para la solicitud, por cuanto en el primer caso pueden haber ido preparándola desde antes de las vacaciones navideñas, mientras que en el según caso el plazo sería el disponible desde ahora hasta el 8 de febrero. Esto parece indicar una escasa confianza en la capacidad de nuestro PDI contratado temporal para seleccionar con rapidez y señalar los indicios de calidad de cinco aportaciones científicas. Además, ese argumento contiene una clara paradoja: debido a que el PDI contratado temporal tendría un plazo menor, es mejor que su plazo sea cero. Es decir, para evitar la «discriminación», ¡se le impide ejercer el derecho a tramitar su solicitud! Nosotros confiamos por completo en la inteligencia del lector a la hora de valorar la calidad lógica y jurídica de este argumento. Por cierto, se están realizando peticiones ante la ANECA para ampliar el plazo de presentación de solicitudes en la actual convocatoria.

Se afirma que hay que esperar a negociar en el convenio colectivo qué tipos o categorías de PDI contratado temporal se acuerda incluir en la adenda. Sin embargo, tenemos el ejemplo de universidades que ahora han concluido la negociación de este asunto en una mañana. Además, ¿por qué no facilitar la solicitud a todo el PDI contratado temporal? ¿Qué razones hay para excluir a una parte del PDI, por ser contratado temporal, respecto al resto? ¿Es que todavía los responsables de la UVa no han tenido tiempo para conocer que, legalmente, no se puede discriminar por razón de la duración del contrato? Tampoco se puede discriminar para el reconocimiento de los quinquenios por méritos docentes, donde también existen sentencias firmes al respecto.

Se señala que hay que negociar en el convenio colectivo cuándo y cuánto se paga. Efectivamente, esto será así; pero, mientras tanto, lo que se está pidiendo en este momento es la posibilidad de que se reconozca el derecho a ser evaluado y se consiga el reconocimiento de la calidad científica de la investigación desarrollada. Después, efectivamente, se establecerán los efectos económicos de ello. No obstante, se trata de momentos distintos. Ahora se está pidiendo lo primero. 

Resulta muy preocupante la posición y las insuficientes razones esgrimidas por el responsable de la UVa. Al igual que se viene haciendo con éxito en otras universidades públicas, desde CCOO UVa iniciaremos las acciones jurídicas apropiadas para lograr que sean reconocidos los derechos del PDI contratado temporal, con el fin de alcanzar los mismos resultados favorables ya conseguidos en otras universidades públicas, habida cuenta del contenido de la jurisprudencia acumulada.

A partir de las circunstancias señaladas, en el momento actual pueden surgir varias dudas entre el PDI contratado temporal. En este sentido, desde CCOO UVa queremos transmitir que la presentación de la solicitud en la actual convocatoria de sexenios de investigación ha de considerarse en cada caso de forma personal, habida cuenta de que existen varias opciones:

No presentar la solicitud.

Se presenta la solicitud y se consigue, finalmente, la firma de la adenda en estas semanas, incluso después de terminar el plazo de presentación de solicitudes. En esta circunstancia, el PDI contratado temporal sería evaluado.

Se presenta la solicitud, pero no se llega a evaluar porque el Rector de la UVa, en función de lo decidido por su Vicerrector de Profesorado, no firma la adenda. Por tanto, los responsables de la UVa optan por no reconocer al PDI contratado temporal la posibilidad de solicitar la evaluación de sus méritos investigadores en la presente convocatoria. En este caso, el coste para cada posible solicitante sería el tiempo utilizado para reunir y cumplimentar la documentación requerida, lo cual cada persona debe valorar en su justa medida. Desde otra perspectiva, esta opción puede tener una consecuencia colectiva positiva: se sabría que existe un conjunto de personas potencialmente solicitantes de sexenios de investigación, de modo que ello sería un revulsivo importante de cara a conseguir a corto plazo esta reivindicación para todo el colectivo afectado, sin exclusiones.

Debe quedar claro que, en esta última opción, no existiría ninguna penalización temporal para que el solicitante pudiera volver a pedir un sexenio de investigación, dado que no se habría admitido a trámite su solicitud. Para que haya penalización temporal, la evaluación debe ser negativa una vez realizada; pero, en esta tercera opción, como no se habría admitido a trámite la solicitud, ni siquiera se habría efectuado tal evaluación.

Agradecemos el gran interés otorgado a este tema y las numerosas consultas recibidas al respecto.

Últimas informaciones generales en:

http://ccoo-precarios.blogspot.com/2021/

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Afiliación: https://afiliate.ccoo.es/afiliate/afiliate.htm

ALGUNAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE SEXENIOS DEL PDI LABORAL TEMPORAL

A continuación, y dado el interés mostrado por la plantilla en el proceso de solicitud de sexenios para el PDI laboral temporal, os resumimos las principales preguntas y respuestas relacionadas hasta ahora con este asunto, de modo que el procedimiento quede más claro y se facilite vuestra solicitud. Legalmente, los tribunales de justicia han sentenciado de manera recurrente que no es posible discriminar al profesorado temporal respecto del fijo en el acceso al reconocimiento de los complementos para los que tengan méritos suficientes.

1. ¿Cuáles son las diversas figuras contractuales afectadas?

Las figuras afectadas son el Profesorado Ayudante Doctor, el Profesorado Asociado y el Personal Investigador Contratado. La CNEAI-ANECA ya ha modificado su aplicación para que aparezcan en un desplegable dos nuevos bloques: profesor ayudante doctor y otras figuras contractuales (véase la imagen en http://ccoo-precarios.blogspot.com/2021/01/aneca-ya-permite-la-evaluacion-de.html).

Ahora bien, alguna universidad acaba de circunscribirse al Profesorado Ayudante Doctor. Así, podemos leerlo en el mensaje enviado por Vicerrector de Profesorado de la Universidad de León anteayer, 25 de enero de 2021:

«Tras realizar las gestiones oportunas con la ANECA con vistas a la evaluación de los Sexenios de Investigación de los Profesores Ayudantes Doctores, le comunico que, en esta convocatoria 2020, cuyo plazo se ha ampliado hasta el 8 de febrero de 2021, existe la posibilidad de que los Profesores Ayudantes Doctores presenten su solicitud de tramos de investigación para ser evaluados. Dicha solicitud se ha de realizar en la plataforma de la ANECA y, una vez finalizada la misma, han de remitir el resguardo de presentación de dicha solicitud, a través del Registro General de la Universidad, al Vicerrectorado de Profesorado».

2. ¿Fecha límite de presentación en la CNEAI-ANECA?

8 de febrero de 2021.

3. ¿Dónde están los requisitos, la documentación y la aplicación informática para efectuar la solicitud?

En:

http://www.aneca.es/Programas-de-evaluacion/Evaluacion-de-profesorado/CNEAI/Convocatoria-de-tramos-de-investigacion-de-la-CNEAI-2020

Conviene examinar cuidadosamente los criterios aplicados en cada campo científico para conceder el sexenio de investigación.

4. ¿Hace falta pedir una hoja de servicios al Servicio de Profesorado de la Casa del Estudiante?

Es necesario pedir la hoja de servicios a la Casa del Estudiante, enviando simplemente un email al correo del servicio de profesorado contratado: <negociado.profesorado.contratado@uva.es>

5. ¿Se reconocerán estos sexenios evaluados por la CNEAI-ANECA si un día se pasa a contrato laboral fijo o cuerpo funcionarial?

Si son concedidos, académicamente tendrán plenos efectos como en el resto de los casos; y, económicamente, lo serán cuando se logre incorporarlos al convenio colectivo, si se sigue siendo profesor contratado laboral temporal. Cuando se promociona desde una figura temporal a una figura laboral fija, los últimos acuerdos ya reconocen el pago de los sexenios; y, si se promociona a una figura funcionarial, hay previsto un mecanismo de convalidación para el reconocimiento y pago.

Más información, frecuentemente actualizada, en:

http://ccoo-precarios.blogspot.com/2021/

Si tienes dudas, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo de la sección sindical de CCOO: sección.sindical.cooo@uva.es.

Afiliación: https://afiliate.ccoo.es/afiliate/afiliate.htm

SOLICITUD DE EVALUACIÓN DE SEXENIOS DE INVESTIGACIÓN POR EL PDI CONTRATADO TEMPORAL

Las demandas judiciales de CCOO han surtido efecto y ANECA acaba de aceptar evaluar sexenios de investigación para todo el PDI contratado temporal.

Igual que ya pasó en 2018, con la sentencia del 26 de diciembre de 2017 ganada por CCOO contra el Ministerio, reconociendo el derecho del PDI interino (TU interinos y CDOC interinos) a ser evaluado para sexenios de investigación, ahora han sido nuevamente los recursos judiciales de nuestro Sindicato los que han obligado a ANECA a modificar otra vez su criterio y, ¡ahora ya sí!, efectuar la evaluación de sexenios de investigación para todo el personal contratado temporal. Tanto el personal interino, que ya tenía ese derecho, comoel personal Ayudante Doctor, Profesorado Asociado o Personal Investigador Contratado Temporal puede solicitar su evaluación en la convocatoria de este año, a través de la correspondiente aplicación en la CNEAI-ANECA.

ANECA ha difundido esta información en las charlas informativas virtuales que ha realizado en las #ConversacionesConANECA: ‘Criterios de los sexenios de investigación’. En varias de estas sesiones, la representación del Ministerio ha informado, respondiendo a preguntas concretas y directas, que la CNEAI-ANECA permite la evaluación de sexenios de investigación para cualquier profesor/a o investigador/a que tenga una relación contractual de carácter temporal.

En varias de esas preguntas se ha aclarado explícitamente que lo puede solicitar el profesorado de las figuras contractuales arriba señaladas (en el caso del Personal Investigador Contratado Temporal incluso los contratados para proyectos). Esto supone un cambio radical respecto a la situación anterior. Se ha logrado gracias a las demandas judiciales ganadas por CCOO en varias universidades (dos sentencias de 2019, que ya son firmes, contra la Universidad de La Rioja y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria; y otras dos sentencias de 2020 pendientes de recurso ante el Tribunal Supremo contra la Universidad de Cantabria y todas las de Madrid).

En sus respuestas, Mercedes Siles Molina (Directora de ANECA), Javier Llorens (coordinador de sexenios en ANECA) y Ana Hidalgo (jefa de la unidad de evaluación de sexenios de investigación en ANECA) han aclarado que para poder realizar esta evaluación es necesario añadir una Adenda o Anexo a los convenios de colaboración firmados con las universidades, para incluir así al PDI temporal. La Directora de ANECA ha concretado, además, que se ha puesto en contacto con los Rectorados para comunicarles que todas las universidades pueden acceder a esta posibilidad, no solo las que tienen ya sentencia en contra. Por tanto, que se pueda implementar este mismo año o haya que esperar al próximo dependerá de la agilidad de los rectorados a la hora de responder al ofrecimiento de ANECA.

Desde CCOO en cada universidad, en nuestro caso en la UVa, solicitamos al Rectorado que gestione urgentemente la firma de esas Adendas, de manera que sea posible para el PDI temporal entregar la solicitud este mismo año 2021, dentro del plazo previsto. Algo que se puede ver favorecido por los problemas en la aplicación para la solicitud a la ANECA, pues en este momento está temporalmente suspendida por problemas informáticos y ello implicará una ampliación del plazo de solicitud. Cabe recordar que el Rectorado de la UVa viene animando la solicitud de sexenios incluso con el fin de mejorar la posición de esta universidad en los diversos rankings.

De todos modos, considerando que algunos rectorados (esperemos que no el de la UVa) pueden ser lentos en su respuesta a la oferta de la ANECA, y para evitar que se termine el plazo sin tiempo para firmar ese cambio (Adenda) en el Convenio con ANECA para evaluación de las solicitudes, desde CCOO sugerimos que quien esté interesado, y tenga méritos suficientes, considere la posibilidad de presentar ya su solicitud en cuanto se reinicie el normal funcionamiento de la aplicación en la CNEAI-ANECA. En este sentido, es importante recordar que, si la solicitud es evaluada y denegada por no reunir méritos suficientes, ese resultado es penalizador y, para una posterior solicitud de sexenios de investigación, sólo se pueden recuperar tres años del periodo sometido a evaluación. Es decir, son las mismas condiciones que las establecidas para el PDI funcionario y el PDI contratado permanente, por lo que se debe ser extremadamente cuidadoso en la presentación de las peticiones.

Si tienes dudas, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo de la sección sindical de CCOO (sección.sindical.cooo@uva.es).

Afiliación: https://afiliate.ccoo.es/afiliate/afiliate.htm